CAMPAÑA BONOS FACTURA
Términos y Condiciones.
Entiéndase por términos y condiciones de la campaña “BONOS FACTURA”, todos aquellos requisitos y restricciones que se deben tener en cuenta para participar y ser beneficiario de ésta. En la participación de la actividad, el usuario acepta el conocimiento y entiende los términos y condiciones descritas a continuación:
1. Vigencia
La presente actividad estará vigente desde el 10 de Agosto hasta el 10 de septiembre de 2025, tiempo en el cual se llevará a cabo 1 sorteo en el municipio de Quibdó, departamento del chocó.
Fecha de sorteo: Se comunicará por medio de las redes sociales de la empresa “SuperGIROS Chocó”
Condiciones:
Participan los productos:
• Recaudos (tirillas de operaciones en las distintas corresponsalías, convenios directos regionales y nacionales).
Se depositan las tirillas de los recaudos realizados para las distintas operaciones en las corresponsalías, convenios directos regionales y nacionales) en los buzones ubicados en los distintos puntos de venta de la zona, mediante sorteo se escogerán 2 clientes ganadores de $200.000 redimibles en próxima factura.
Estas colillas deben estar diligenciadas con nombre, cedula, numero de celular; y ser depositadas en los buzones.
Dinámica
1. El cliente paga sus facturas pendientes de servicios públicos, cuentas financieras internet, funeraria u otro servicio de recaudo.
2. Deposita la tirilla en los buzones, debidamente diligenciada (Nombre, cedula y celular)
3. Participa en sorteo todas las zonas del departamento
2. Incentivos:
2.1. En total se dispone de una premiación equivalente a 2 bonos de $200.000 redimibles en próxima factura pendiente de pago; los ganadores serán escogidos por medio de sorteos aleatorios de tirillas depositadas en los buzones, y estos adquirirán el premio automáticamente.
2.2. No se realizarán cambios o modificaciones sobre los incentivos ganados.
2.3. Los premios se entregarán directamente al ganador, en ningún caso se cambiará total o parcialmente el incentivo por cualquier otra contraprestación.
2.4 Si el valor de la factura ganadora es mayor al premio ganado, se realizará un abono a la factura por el valor equivalente a $200.000, así mismo, si la factura ganadora es menor al valor del premio, sólo se hará efectivo el pago por el monto ganado de dicha referencia.
2.5. En caso de que el ganador: 1) no acepte el incentivo; 2) no conteste el celular en una de las 3 llamadas que se les realice 3) no se presente a reclamar su incentivo durante los 30 días calendario siguientes a la publicación de ganadores en el punto principal o página web del colaborador, la empresa podrá disponer mediante otras campañas publicitarias de los incentivos que no sean reclamados.
2.6. En caso de que la factura ganadora corresponda a un pago único pendiente por el cliente, el podrá traer otra factura con un monto similar a la ganadora, para ser paga por SuperGiros; es importante tener presente que esta factura debe poderse pagar en los puntos SuperGiros.
2.7. El ganador deberá asistir personalmente para reclamar su incentivo presentando su documento de identidad original y fotocopia de éste. El ganador deberá firmar el acta o el documento de entrega del incentivo con los datos allí requeridos.
2.8. El ganador autoriza de manera expresa el uso de las fotografías, videos y demás medios utilizados para evidenciar la entrega del incentivo.
2.9. El colaborador, no se hará responsable por costos de envío o transporte de los incentivos a municipios o direcciones citadas por los ganadores.
3. Requisitos para participar:
Podrán hacer parte de la actividad personas que realicen sus pagos de facturas y/o cuentas pendientes por Red de servicios de Occidente S.A. (SuperGiros Chocó), depositando sus tirillas en los buzones ubicados en los distintos puntos de venta, y adicional se haya registrado en nuestros puntos de atención.
El sorteo se realizará con las tirillas recolectadas de los distintos municipios del departamento del chocó.
Aplican las siguientes condiciones:
• Ser Persona Natural
• Ser Mayor de 18 años
• Vivir en el territorio nacional.
• Tener Documento de identificación vigente y válido para el territorio colombiano.
• Tener los datos personales actualizados en los puntos de atención, verificando que el
registro de la información suministrada sea la correcta.
4. Otras condiciones
4.1. Solo podrán acceder a los incentivos quienes cumplan con las condiciones establecidas en los presentes términos y condiciones.
4.2. Antes de entregar el incentivo a las personas ganadoras, se verificará que estas no se encuentran inhabilitadas conforme a las presentes condiciones y restricciones para reclamar los incentivos, de lo contrario el colaborador, se abstendrá de entregarlo.
4.3. Los participantes aceptan y autorizan que sus datos personales (sensibles, privados, semiprivados) aparezcan en los programas, publicaciones y demás medios publicitarios y en general en todo material de divulgación con fines promocionales que los organizadores deseen hacer durante el evento o una vez finalizado el mismo, sin que ello implique la vulneración de sus derechos de habeas data, ni existe obligación de remuneración o compensación.
4.4. El colaborador, no se hace responsable por ninguna falla o inconsistencia atribuible al sistema, página web o correo electrónico número de teléfono que impidan su participación en esta actividad.
4.5. En la extensión de lo permitido por la normativa colombiana el colaborador suspenderá de forma inmediata la actividad, sin asumir responsabilidad alguna, si se llega a detectar delitos, fraudes o cualquier irregularidad en la forma de participar de los participantes, o si se presentará alguna circunstancia de fuerza mayor o caso fortuito. En tal caso, se comunicará al público en general de los cambios a que haya lugar.
De igual forma en caso de resultar necesario, y/o a discreción del colaborador, el mismo se reserva el derecho de ampliar y/o aclarar el alcance de los presentes Términos y Condiciones, y/o cualquiera de los procedimientos, los cuales serán comunicados a través de las redes sociales y del portal de la promoción.
En caso de que el participante seleccionado como ganador no acepte el incentivo del colaborador, asume que éste renuncia explícitamente al incentivo, extinguiéndose así su condición de ganador, por lo cual, no tendrá derecho a reclamo, compensación o indemnización alguna. Esta renuncia al incentivo deberá hacerse por escrito en carta enviada a la Dirección Comercial.
4.6. De acuerdo a las especificaciones del inciso tercero del artículo 5 de la ley 643 del 2001, donde se reglamentan las condiciones de los juegos de suerte y azar, los operadores de juegos localizados podrán realizar sorteos promocionales para impulsar sus ventas.
4.7. En esta actividad no podrán participar directivos y comerciales de las organizaciones y/o personas jurídicas.
4.8. El participante reconoce y acepta qué en el desarrollo de la presente actividad, se podrían presentar inconvenientes logísticos propios de este tipo de actividades. En caso de presentarse, el participante se dirigirá directamente a las oficinas principales del colaborador. quien dará el soporte adecuado. No obstante, para más información, quejas o reclamos sobre esta actividad PQRF.
El incentivo lo ofrece directamente Red de Servicios de Occidente S.A. en su jurisdicción, Aplican términos y condiciones.
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